La Autoridad Portuaria reconoce no cumplir con el Protocolo de Londres en el dragado de Maó

Oceana urge a que la APB cumpla con dicho protocolo, ya que de lo contrario estará violando la normativa vigente

Press Release Date: julio 30, 2013

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La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) reconoce que no ha realizado el “Examen de las opciones de gestión de desechos” establecido por el Protocolo de Londres en el dragado del puerto de Maó. En su respuesta a la petición de Oceana para consultar este documento, la APB asegura que el Protocolo no es de aplicación directa en el proyecto, si bien fue ratificado por España hace siete años.

“El Protocolo de Londres entró en vigor en España en el año 2006[i], y por tanto, forma parte de nuestro ordenamiento jurídico y se debe cumplir”, afirma Xavier Pastor, Director Ejecutivo de Oceana en Europa. “Esta es otra muestra clara de lo poco que la APB se preocupa por realizar un dragado que cumpla con la normativa vigente y cuente con todas las garantías para la salud, el medio ambiente y la economía de Menorca”.

Este “Examen” establece una jerarquía de cinco opciones de gestión de desechos que establece que, antes de verter al mar, se deben contemplar otras opciones de gestión que impliquen un menor impacto, como son la reutilización, el reciclaje, la destrucción de componentes peligrosos y la reducción o retirada de esos componentes.

La Ley de Protección de Medio Marino[ii] es otra normativa española en vigor que establece también una “jerarquía de opciones de gestión de desechos” muy similar a la mencionada en el Protocolo de Londres, y cuyo objetivo es prevenir y reducir los vertidos al medio marino.

Oceana ha remitido una carta a la APB donde se le insta a respetar la normativa vigente y modificar con carácter de urgencia el proyecto de dragado del puerto de Maó para incorporar el obligado “Examen de opciones de gestión” de acuerdo con el Protocolo de Londres y la Ley de Protección del Medio Marino. La respuesta llega  más de 4 meses después de ser solicitada, cuando el plazo establecido según la Ley de Acceso a la Información Ambiental es de un mes.

Más información: Contaminación por mercurio

Estudio de Oceana sobre la zona elegida para el vertido e imágenes de vídeo  

 


[i] INSTRUMENTO de Ratificación del Protocolo de 1996 relativo al Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, 1972, hecho en Londres el 7 de noviembre de 1996. BOE núm. 77, Viernes 31 de marzo de 2006. Pág 12457-12466.

[ii] Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino. BOE núm. 317. Jueves 30 de diciembre de 2010. Sec. I. Pág. 108464- 108488.