El Tribunal Supremo sentencia que Oceana puede personarse en expedientes sancionadores

El fallo confirma que las ONG pueden ser parte en procedimientos administrativos sancionadores, ampliando así el acceso a la justicia ambiental y la participación pública

Press Release Date: noviembre 30, 2017

Location: Madrid

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Marta Madina | email: mmadina@oceana.org | tel.: Marta Madina

El Tribunal Supremo ha admitido que Oceana puede ser parte en los expedientes sancionadores en materia ambiental, lo que implica que otras organizaciones ecologistas también pueden ser parte en este tipo de procedimientos administrativos. El fallo es el final de un largo proceso judicial iniciado a raíz de los vertidos realizados en 2011 por los buques Burgas 3 y Schackenborg frente a Tarragona, en el que los abogados del IIDMA (Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente) han representado a Oceana. La sentencia del caso sienta jurisprudencia a favor de la transparencia y la defensa del medio ambiente.

Esta decisión representa un espaldarazo a la actuación de las entidades ecologistas, ya que reconoce la aplicación directa del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información y a la justicia en materia de medio ambiente. Al personarse en un caso, las ONG tienen la facultad de recibir notificaciones, participar en la instrucción y presentar alegaciones, ya que el Tribunal Supremo entiende que su interés es servir a un bien común como es la conservación del medio ambiente.

En marzo de 2011, el Schackenborg y el Burgas 3 realizaron vertidos en el mar, violando el Convenio MARPOL 73/78, la Directiva 2005/35/CE y la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. El Ministerio de Fomento denegó a Oceana la posibilidad de personarse en el proceso sancionador, en contra de lo dispuesto en la entonces en vigor Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Oceana recurrió en 2013 ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, pero la sentencia de este Tribunal, dictada en 2015, estipulaba que no estaba facultada a participar en procesos sancionadores como parte interesada. La organización internacional de conservación marina interpuso entonces recurso de casación al Tribunal Supremo, que ahora ha fallado a su favor.